7 Nov 2026, Sáb

LOS MICROEMPRESARIOS . EL PLATO FUERTE DE LA ECONOMIA SUS MULTAS,SUS APRESAMIENTOS,SUS DOLOR DE CABEZA,SUS CITACIONES Y LA CREACION DEL TRIBUNAL PARA ESTE FIN SERA EL 2028… DESPUES DE LAS ELECIONES,DESPUES DE ESA FECHA…DALE DURO DGII

Diputados fijan para mayo de 2028 aplicación del Código Penal a empresas

Diputados fijan para mayo de 2028 aplicación del Código Penal a empresas


La Cámara de Diputados aprobó este martes, mediante un procedimiento de urgencia y en dos lecturas consecutivas, un proyecto de ley que establece para mayo de 2028 la aplicación de las disposiciones del nuevo Código Penal relativas a la responsabilidad penal de las empresas.

La iniciativa modifica el calendario de aplicación de estas normas, pese a que el nuevo Código Penal entró en vigor en todo el territorio nacional en agosto pasado. Con esta decisión, las empresas dispondrán de 18 meses adicionales para adecuar sus estructuras, controles y procedimientos a las nuevas exigencias legales.

El proyecto había sido aprobado previamente por el Senado, cuya versión establecía noviembre de 2028 como fecha para la aplicación de esas disposiciones. Sin embargo, los diputados modificaron el plazo y lo adelantaron seis meses.

Durante los debates, el vocero de la Fuerza del Pueblo, José David Báez, recordó que su bancada había presentado un informe disidente durante el conocimiento del Código Penal, en el que planteaba aplazar su entrada en vigor.

Por su parte, el diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Charlie Mariotti, calificó la aprobación como un acto de justicia, al considerar que el sector privado enfrenta numerosas cargas. Mientras, el legislador oficialista Eugenio Cedeño sostuvo que las micro y pequeñas empresas necesitarían un período mayor para familiarizarse con la legislación.

El artículo 8 del nuevo Código Penal establece que las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por acciones u omisiones de sus órganos, representantes o empleados cuando actúen en su nombre.

La normativa contempla que, para determinar esa responsabilidad, se examinen aspectos como la supervisión, la capacitación del personal, el cumplimiento de protocolos y los controles internos destinados a prevenir irregularidades.

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